Algoncas | 8:19
Ante el crecimiento de las ventas online la AFIP controlará las transacciones que se realicen por Internet
Buenos Aires.- La ventas online en el ultimo año han crecido fuertemente paralelamente al crecimiento de la banda ancha en Argentina, un ejemplo valedero de esto es la ampliación de los rubros que hoy ofrecen exitosamente sus productos por Internet.
Según datos de la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE), publicados por el sitio digital FortunaWeb se prevé que un 26% de los 23 millones de usuarios de Internet que hay en el país son usuarios frecuentes de comercio electrónico y que para el año en curso se espera que ese porcentaje crezca al 30%, con la suma de 2 millones de nuevos usuarios.
Ante estos datos en franco crecimiento es que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha reglamentado una herramienta recaudadora para reducir la evasión de las ventas que se realizan a través de Internet ya que el organismo publico detectó que "el 33% de los contribuyentes que utilizan esa vía poseen una inadecuada conducta fiscal", según lo declarado por el titular de AFIP, Ricardo Echegaray.
Según datos de la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE), publicados por el sitio digital FortunaWeb se prevé que un 26% de los 23 millones de usuarios de Internet que hay en el país son usuarios frecuentes de comercio electrónico y que para el año en curso se espera que ese porcentaje crezca al 30%, con la suma de 2 millones de nuevos usuarios.
Ante estos datos en franco crecimiento es que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha reglamentado una herramienta recaudadora para reducir la evasión de las ventas que se realizan a través de Internet ya que el organismo publico detectó que "el 33% de los contribuyentes que utilizan esa vía poseen una inadecuada conducta fiscal", según lo declarado por el titular de AFIP, Ricardo Echegaray.
Con el nuevo Régimen Especial de Ingreso de IVA, los portales que ofrezcan el servicio de intermediación en el comercio electrónico pasarán a ser agentes de percepción del impuesto. "Eso beneficiará a aquellos contribuyentes que cumplen con sus obligaciones fiscales", enfatizó el organismo.
El funcionario agregó que “de acuerdo a información que posee la AFIP, un 8% de los contribuyentes que realizan operaciones comerciales de manera habitual no están inscriptos ante el fisco”.
“En esta era de globalización e informatización, el Estado debe promover mecanismos acorde a las nuevas formas de comercialización”, sintetizó Echegaray y señaló que las ventas que se concretan a través de los portales que ofrecen el servicio intermediación en el comercio electrónico alcanzarán los $720 millones en 2010.
La herramienta, reglamentada a través de la Resolución General 2955 y que empezará a regir a partir 1 de enero de 2011, incluirá sólo a los portales que ofrezcan el servicio de intermediación en el comercio electrónico.
Desde la AFIP se explicó que la alícuota de percepción a aplicar depende de la situación fiscal del vendedor. "Si la conducta del contribuyente que ofrece el bien o servicio no presenta inconsistencias ante la AFIP, la percepción será sólo del 1% sobre el monto de la operación. En caso de presentar observaciones, será del 3%. En caso de que el vendedor no sea un sujeto inscripto ante el fisco, la percepción será del 5%", señala el comunicado del organismo.
Destacó también que "los contribuyentes adheridos al Monotributo no resultan sujetos pasibles de percepción, excepto cuando se verifique que se utilizó al Régimen Simplificado para ocultar la verdadera capacidad contributiva".
El funcionario agregó que “de acuerdo a información que posee la AFIP, un 8% de los contribuyentes que realizan operaciones comerciales de manera habitual no están inscriptos ante el fisco”.
“En esta era de globalización e informatización, el Estado debe promover mecanismos acorde a las nuevas formas de comercialización”, sintetizó Echegaray y señaló que las ventas que se concretan a través de los portales que ofrecen el servicio intermediación en el comercio electrónico alcanzarán los $720 millones en 2010.
La herramienta, reglamentada a través de la Resolución General 2955 y que empezará a regir a partir 1 de enero de 2011, incluirá sólo a los portales que ofrezcan el servicio de intermediación en el comercio electrónico.
Desde la AFIP se explicó que la alícuota de percepción a aplicar depende de la situación fiscal del vendedor. "Si la conducta del contribuyente que ofrece el bien o servicio no presenta inconsistencias ante la AFIP, la percepción será sólo del 1% sobre el monto de la operación. En caso de presentar observaciones, será del 3%. En caso de que el vendedor no sea un sujeto inscripto ante el fisco, la percepción será del 5%", señala el comunicado del organismo.
Destacó también que "los contribuyentes adheridos al Monotributo no resultan sujetos pasibles de percepción, excepto cuando se verifique que se utilizó al Régimen Simplificado para ocultar la verdadera capacidad contributiva".
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